Detalles del acta
8_1583_21281
Segundo
Expediente
1 - 1 vta.
1583/06/19
2
1583 al 1583
MÉXICO
Auto por el que se manda que ninguna persona de cualquier calidad y condición que sea, no permitan, consientan ni den lugar que las mujeres casadas ni solteras, doncellas o viudas, jueguen en sus casas ningún juego de naipes, dados, tablas, azares ni arenilla… so pena que la tal persona en cuya casa se jugaren los dichos juegos o cualquiera de ellos, sea habido y tenido por tablajero público y como tal caiga e incurra en las penas puestas por las dichas leyes premáticas [pragmáticas] y ordenanzas contra los tales tablajeros.
CASAS DE JUEGO
PROHIBICIONES
TABLAJEROS
VICARIOS
MÉXICO, CIUDAD DE
RODRÍGUEZ, ALONSO
Auto que fue presentado por Alonso Rodríguez, Vicario de este pueblo, y solicitó se diese al sr. Regidor para que lo mande cumplir, quien a su vez señaló lo hará cumplir.
USBI Xalapa
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