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Detalles del acta
  8_1583_21281

Segundo

  Expediente

  1 - 1 vta.

  1583/06/19

  2

  1583 al 1583


MÉXICO


Auto por el que se manda que ninguna persona de cualquier calidad y condición que sea, no permitan, consientan ni den lugar que las mujeres casadas ni solteras, doncellas o viudas, jueguen en sus casas ningún juego de naipes, dados, tablas, azares ni arenilla… so pena que la tal persona en cuya casa se jugaren los dichos juegos o cualquiera de ellos, sea habido y tenido por tablajero público y como tal caiga e incurra en las penas puestas por las dichas leyes premáticas [pragmáticas] y ordenanzas contra los tales tablajeros.


CASAS DE JUEGO
PROHIBICIONES
TABLAJEROS
VICARIOS



MÉXICO, CIUDAD DE



RODRÍGUEZ, ALONSO



Auto que fue presentado por Alonso Rodríguez, Vicario de este pueblo, y solicitó se diese al sr. Regidor para que lo mande cumplir, quien a su vez señaló lo hará cumplir.


USBI Xalapa

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