Detalles del acta
27_1810_20280
Protocolo
27-28 vta.
1810/02/06
74
1810 al 1810
JALAPA
Don José Pérez de Llera, don Antonio Juille y Moreno y don Matías Martínez de Espinosa, de este comercio y vecindad, otorgan poder especial a don Simón Gutiérrez de Villegas, vecino y del comercio de Oaxaca, para que en sus nombres comparezca en aquel magistrado de intendencia y escribanía respectiva donde otorgue una escritura de obligación y fianza a favor de don José María de la Barba, provisto subdelegado del pueblo de Tepozcolula, por cantidad de 2 000 pesos cada uno, en caución de la Real Hacienda por el ramo de tributos, por lo que quedan constituidos en fiadores y principales pagadores.
OBLIGACIONES
PODERES
REAL HACIENDA
OAXACA
TEPOSCOLULA, PUEBLO DE
BARBA, JOSÉ MARÍA DE LA
GUTIÉRREZ DE VILLEGAS, SIMÓN
JUILLE Y MORENO, ANTONIO
MARTÍNEZ DE ESPINOSA, MATÍAS
PÉREZ DE LLERA, JOSÉ
USBI Xalapa
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