Detalles del acta
27_1791_14663
Protocolo
28 - 31vta.
1791/02/12
57
1791 al 1792
JALAPA
Doña María Josefa y doña María Ignacia Ladrón de Guevara, hijas del difunto don Ignacio Ladrón de Guevara, dijeron que su padre las instituyó como herederas universales de todos sus bienes excepto el quinto que legó a la viuda. Por lo que hacen la división con previa valoración de peritos y que importaron dichos bienes la cantidad de 8,036 pesos 7 reales 4 octavos, en la forma siguiente; María Josefa, elige por hijuela 2 casas techadas de madera y tejas, que junto con 62 pesos 4 y 5 octavos reales en dinero importan 4,018 pesos 3 y 6/8 reales; y María Ignacia, elige 3 casas o fincas, que importan 4,018 pesos y 3 y 6/8 reales. Las propiedades de ambas hermanas aparecen deslindadas en esta escritura.
CASAS
DIVISIÓN DE BIENES
HERENCIAS
JALAPA, PUEBLO DE
LADRÓN DE GUEVARA, IGNACIO
LADRÓN DE GUEVARA, MARÍA IGNACIA
USBI Xalapa
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