Detalles del acta
27_1776_12043
Protocolo
159vta. - 160vta
1779/05/31
48
1776 al 1780
JALAPA
Don Juan Maura y Rubí, junto con don Juan Pedro de Necochea, viandantes con tiendas y siembras en el pueblo de Atzalan, jurisdicción de Jalacingo, se obligan a pagar a don Juan Antonio de Zuloaga y don Manuel de Erquicia y Vicuña, del Comercio de España y residentes en Jalapa, la cantidad de 7, 638 pesos por varios géneros de Castilla, en el periodo de 2 años.
MERCADERES VIANDANTES
OBLIGACIONES
TIENDAS
ATZALAN, PUEBLO DE
ESPAÑA
JALACINGO, JURISDICCIÓN DE
JALAPA, PUEBLO DE
ERQUICIA Y VICUÑA, MANUEL DE
MAURA Y RUBÍ, JUAN
NECOCHEA, JUAN PEDRO DE
ZULOAGA, JUAN ANTONIO DE
USBI Xalapa
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