Detalles del acta
27_1776_11959
Protocolo
128vta. - 129vta
1779/03/15
48
1776 al 1780
JALAPA
Don Juan Antonio de la Riva, vecino del pueblo de Jalapa, ratifica una escritura de fecha 19 de noviembre de 1777, en la cual se le obligaba, junto con sus fiadores, don Ventura Rosende y don Pedro Miguel Martínez, a cubrir las cantidades que generen la renta de los diezmos de Temapache y Tabuco, por el periodo de 3 años.
ARRENDAMIENTOS
DIEZMOS
FIANZAS
OBLIGACIONES
JALAPA, PUEBLO DE
TABUCO, PUEBLO DE
TEMAPACHE, PUEBLO DE
MARTÍNEZ, PEDRO MIGUEL
RIVA, JUAN ANTONIO DE LA
ROSENDE, VENTURA
USBI Xalapa
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