Detalles del acta
27_1775_10542
Protocolo
2 - 4 vta.
1775/01/09
45
1775 al 1776
JALAPA
Don Francisco del Día, vecino del pueblo de Jalapa, ha decidido no ser fiador ni prestamista de cualquier persona, con excepción de don Juan del Día, su legítimo hijo, y de don Juan de Acosta, su yerno, por lo que se impone la pena de 500 pesos, de los cuales 250 pesos son para que se conviertan y distribuyan en la iglesia parroquial de este pueblo, 100 pesos para el culto a la Virgen del Carmen y los restantes 150 para misas en honor de las Ánimas Benditas.
FIANZAS
IGLESIAS
IMPOSICIONES
PRÉSTAMOS
JALAPA, PUEBLO DE
ACOSTA, JUAN DE
DÍA, FRANCISCO DEL
DÍA, JUAN DEL
El nombre de Francisco del Día, en algunos casos es registrado por el Escribano como Francisco del Día y Mendieta
USBI Xalapa
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