Detalles del acta
27_1764_11360
Protocolo
327vta. - 335
1765/03/29
39
1764 al 1765
JALAPA
Don Agustín Miguel de Mallol, vecino del pueblo de Teziutlán, Diputado de los labradores y cosecheros de tabaco, junto con el Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, don Bartolomé Salvo, don Gaspar de Olavarrieta, don Antonio Ribot, don Francisco Maniau y Ortega, don Bartolomé de Borja, don Lucas Rosete, don Juan Antonio de Zavalza, y otros vecinos del pueblo de Coatepec, labradores y cosecheros de tabaco, se obligan a cumplir las condiciones comprendidas en el contrato del 30 de enero del presente año, en donde se obligan a cumplir exactamente con su cargo teniendo a don Bartolomé Salvo, como depositario de todas las cantidades de pesos que entren en su poder, producto del 1% de las ventas del tabaco que se hagan al Rey en esta jurisdicción.
COSECHEROS DE TABACO
DIPUTADOS
LABRADORES
LICENCIADOS
OBLIGACIONES
TABACO
COATEPEC, PUEBLO DE
JALAPA, PUEBLO DE
TEZIUTLÁN, PUEBLO DE
BORJA, BARTOLOMÉ DE
DÍAZ MIER, JUAN BERNARDO
MALLOL, AGUSTÍN MIGUEL DE
MANIAU Y ORTEGA, FRANCISCO
OLAVARRIETA, GASPAR DE
RIBOT, ANTONIO
ROSETE, LUCAS
SALVO, BARTOLOMÉ
ZAVALZA, JUAN ANTONIO DE
USBI Xalapa
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