Detalles del acta
27_1749_16286
Protocolo
120vta. - 125vta
1749/07/22
29
1749 al 0
JALAPA
Doña Gertrudis [de] Jiménez, viuda de don Andrés Gutiérrez Calzadilla, junto con don Antonio de Santa Ana y doña Ana Calzadilla, su legítima mujer, se obligan a pagar a doña María Teresa del Brocal, la cantidad de 500 pesos, en el periodo de 3 años, pagando réditos de 5% en cada año, y para la seguridad de esta deuda, la citada Gertrudis hipoteca una casa con el sitio que le pertenece, y dicho Santa Ana, un molino de pan que tiene en este pueblo.
CASAS
HIPOTECAS
MOLINOS
OBLIGACIONES
VIUDAS
JALAPA, PUEBLO DE
BROCAL, MARÍA TERESA DEL
CALZADILLA, ANA
GUTIÉRREZ CALZADILLA, ANDRÉS
JIMÉNEZ, GERTRUDIS
SANTA ANA, ANTONIO DE
USBI Xalapa
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