Detalles del acta
27_1746_9372
Protocolo
30vta. - 32
1746/01/28
27
1746 al 1757
JALAPA
Don Pedro Antonio de Aro, vecino del pueblo de Jalapa, se le impone por Real Justicia que en caso de no hacer vida maridable con su mujer o no tener licencia de la misma, ni comprobar que está difunta, debe hipotecar la mitad que le queda de su casa, para que al vender no afecte la mitad de la propiedad que vendió a Juan Morcho.
HIPOTECAS
MATRIMONIOS
JALAPA, PUEBLO DE
ARO, PEDRO ANTONIO DE
MORCHO, JUAN
USBI Xalapa
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