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Detalles del acta
  27_1741_8120

  Protocolo

  85vta.- 90

  1741/12/02

  25

  1741 al 1742


JALAPA


Cristóbal Francisco García y doña Petrona Josefa de Castro, marido y mujer legítimos, vecinos de este pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a don Blas Fernández Álvarez, vecino de este pueblo, la cantidad de 1, 527 pesos, 2 reales y medio, cuando llegue la primera flota al puerto de San Juan de Ulúa, en la Ciudad de la Nueva Veracruz y se celebre la primera feria en este pueblo de Jalapa y arrienden una casa que la citada doña Petrona tiene en este pueblo.


ARRENDAMIENTOS
CASAS
FERIAS
OBLIGACIONES



JALAPA, PUEBLO DE
SAN JUAN DE ULÚA
VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA



CASTRO, PETRONA JOSEFA DE
FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, BLAS
GARCÍA, CRISTÓBAL FRANCISCO






USBI Xalapa

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