Detalles del acta
27_1741_8120
Protocolo
85vta.- 90
1741/12/02
25
1741 al 1742
JALAPA
Cristóbal Francisco García y doña Petrona Josefa de Castro, marido y mujer legítimos, vecinos de este pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a don Blas Fernández Álvarez, vecino de este pueblo, la cantidad de 1, 527 pesos, 2 reales y medio, cuando llegue la primera flota al puerto de San Juan de Ulúa, en la Ciudad de la Nueva Veracruz y se celebre la primera feria en este pueblo de Jalapa y arrienden una casa que la citada doña Petrona tiene en este pueblo.
ARRENDAMIENTOS
CASAS
FERIAS
OBLIGACIONES
JALAPA, PUEBLO DE
SAN JUAN DE ULÚA
VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
CASTRO, PETRONA JOSEFA DE
FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, BLAS
GARCÍA, CRISTÓBAL FRANCISCO
USBI Xalapa
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