Detalles del acta
27_1720_7264
Protocolo
245 – 246
1724/08/01
17
1720 al 1725
JALAPA
Don Melchor Francisco, Gobernador del pueblo de San Andrés Tlalnehuayocan, don Pedro Juan y don Lorenzo Juan, Alcaldes; dijeron que en cumplimiento con lo mandado para que en todos los pueblos haya escuela han buscado para ello a José Vanegas, residente en esta jurisdicción a quien se obliga a dar y pagar durante 2 años, 70 pesos de oro común en cada uno, más una fanega de maíz cada mes, un huevo cada semana por muchacho y una india tesquí para las tortillas y atole, el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, los muchachos desde los 5 años hasta tomar estado y las muchachas hasta los 10 años.
ALCALDES
ESCUELAS
GOBERNADORES
INDIOS
LENGUA CASTELLANA
OBLIGACIONES
SAN ANDRÉS TLALNEHUAYOCAN, PUEBLO DE
LORENZO JUAN
MELCHOR FRANCISCO
PEDRO JUAN
VANEGAS, JOSÉ
USBI Xalapa
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