Detalles del acta
27_1713_7784
Protocolo
331vta. - 333bis
1716/02/27
16
1713 al 1719
JALAPA
Don Lorenzo de Richarte y don José Robledano de Cardeña, como principales y el Capitán Bartolomé de Castro y José Pérez de Arellano, como fiadores, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, el primero en nombre de don Diego Ignacio de Valverde, otorgan que se obligan a dar y cumplir el abasto de las carnicerías de este pueblo que se remató en ellos, por tiempo de 2 años que correrá desde el día de Pascua en adelante, con obligación de dar durante ese tiempo 6 libras de toro o novillo por un real y 2 libras 4 onzas de carnero por otro real; asimismo se obligan a cumplir las demás condiciones que se expresan en el remate.
ABASTO DE CARNES
CAPITANES
FIANZAS
OBLIGACIONES
REMATES
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
CASTRO, BARTOLOMÉ DE
PÉREZ DE ARELLANO, JOSÉ
RICHARTE, LORENZO DE
ROBLEDANO DE CARDEÑA, JOSÉ
VALVERDE, DIEGO IGNACIO DE
USBI Xalapa
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