Detalles del acta
27_1713_5245
Protocolo
471 - 472
1717/03/03
16
1713 al 1719
JALAPA
Don José Martín, Gobernador, don Francisco de la Cruz y Andrés García, Alcaldes, Tomás Francisco y Antonio Francisco, Regidores, Antonio Domínguez, Escribano, en nombre del demás común y naturales del pueblo de San José Miahuatlán dijeron que por cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Diego de Uraeza, 85 pesos por año, 2 fanegas de maíz, chile, sal, frijoles, dos huevos o lo que pudieren.
ALCALDES
ESCRIBANOS
ESCUELAS
GOBERNADORES
INDIOS
LENGUA CASTELLANA
OBLIGACIONES
REGIDORES
SAN JOSÉ MIAHUATLÁN, PUEBLO DE
ANTONIO FRANCISCO
CRUZ, FRANCISCO DE LA
DOMÍNGUEZ, ANTONIO
GARCÍA, ANDRÉS
JOSÉ MARTÍN
TOMÁS FRANCISCO
URAEZA, DIEGO DE
USBI Xalapa
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