Detalles del acta
27_1713_5234
Protocolo
467vta. - 468vta
1717/02/25
16
1713 al 1719
JALAPA
Don Tomás Rodríguez, Gobernador; don Pascual de la Cruz, Francisco Ignacio y Alonso de la Cruz, Alcaldes, Marcos Berriel y Antonio de Santiago, Regidores y don Lorenzo de Santiago, Escribano, por sí y en nombre del demás común y naturales del pueblo de Xilotepec, a través de Andrés Pérez intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Sebastián Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 96 en reales de contado, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.
ALCALDES
ESCRIBANOS
ESCUELAS
GOBERNADORES
INDIOS
INTÉRPRETES
LENGUA CASTELLANA
OBLIGACIONES
REGIDORES
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
XILOTEPEC, PUEBLO DE
BERRIEL, MARCOS
CRUZ, ALONSO DE LA
CRUZ, PASCUAL DE LA
FRANCISCO IGNACIO
LOBATO, SEBASTIÁN
PÉREZ, ANDRÉS
RODRÍGUEZ, TOMÁS
SANTIAGO, ANTONIO DE
SANTIAGO, LORENZO DE
USBI Xalapa
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