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Detalles del acta
  27_1713_5232

  Protocolo

  466vta.- 467vta

  1717/02/18

  16

  1713 al 1719


JALAPA


Don Francisco Fernández del Águila, Gobernador, don Juan Andrés, don Diego Jiménez y don Francisco Antonio, Alcaldes, Diego Sánchez y Diego Alonso, Regidores, don Pedro Gabriel, Escribano, naturales y oficiales todos del pueblo de San Pedro Tonayán, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, se obligan a pagar a Pedro Calderón, vecino del pueblo de Jalapa, 100 pesos de oro común en cada año, 2 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.


ALCALDES
ESCUELAS
GOBERNADORES
INDIOS
INTÉRPRETES
LENGUA CASTELLANA
OBLIGACIONES
REGIDORES



JALAPA, PUEBLO DE
SAN PEDRO TONAYÁN, PUEBLO DE



CALDERÓN, PEDRO
DIEGO ALONSO
FERNÁNDEZ DEL AGUILA, FRANCISCO
FRANCISCO ANTONIO
JIMÉNEZ, DIEGO
JUAN ANDRÉS
PEDRO GABRIEL
PÉREZ, ANDRÉS
SÁNCHEZ, DIEGO






USBI Xalapa

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