Detalles del acta
27_1713_5219
Protocolo
463 - 464
1717/02/17
16
1713 al 1719
JALAPA
Don Juan Martín, don Antonio Hernández y don Miguel Francisco, Alcaldes, Antonio Francisco y Esteban Hernández, Regidores, Mateo Martín, Escribano, por sí y en nombre del común y naturales del pueblo de San Pablo Coapan, a través de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Manuel de Zárate, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 80 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.
ALCALDES
ESCRIBANOS
ESCUELAS
INDIOS
INTÉRPRETES
LENGUA CASTELLANA
OBLIGACIONES
REGIDORES
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
SAN PABLO COAPAN
ANTONIO FRANCISCO
HERNÁNDEZ, ANTONIO
HERNÁNDEZ, ESTEBAN
JUAN MARTÍN
MATEO MARTÍN
MIGUEL FRANCISCO
PÉREZ, ANDRÉS
ZÁRATE, MANUEL DE
USBI Xalapa
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