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Detalles del acta
  27_1713_5198

  Protocolo

  455 - 456

  1717/01/15

  16

  1713 al 1719


JALAPA


El Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa, y el Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura de esta doctrina, dijeron que en este pueblo hace falta escuela para muchachos en notable detrimento y atraso en su educación y enseñanza, originado de las cartas o ninguna conveniencias, para cuyo remedio hicieron juntar a la vecindad de este pueblo, para lo cual se discurrió el que los vecinos contribuyeran entre todos hasta 300 pesos por cada año que se logró juntar, en tal virtud se obligan de dar y pagar a don Francisco de Espinosa de los Monteros, vecino de la Puebla, residente en Jalapa, los 300 pesos en cada año por tercios cumplidos que corren desde el 1 de febrero de este año y que ha de ser obligado a abrir dicha escuela.


ALCALDES MAYORES
CAPITANES
CURAS
DOCTORES
ESCUELAS
OBLIGACIONES



JALAPA, JURISDICCIÓN DE
JALAPA, PUEBLO DE
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA



CAMINO Y VELASCO, JOSÉ
ESPINOSA DE LOS MONTEROS, FRANCISCO DE
SÁNCHEZ DE LEDEZMA, AGUSTÍN






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