Detalles del acta
27_1707_7033
Protocolo
482 - 482 bis
1711/10/21
15
1707 al 1712
JALAPA
El Licenciado Juan de Alvarado, Presbítero, Cura del partido de Teziutlán, con poder del Licenciado Gabriel Pérez de Alvarado, dijo que habiendo hecho la cobranza de los réditos corridos de una capellanía de 1, 000 pesos de principal que le quedó debiendo Juan Bravo de Alarcón, cuyos fiadores fueron Diego de la Torre Arnate y Antonio Barradas, vecinos del pueblo de Jalapa, hallaron que los herederos de Juan Bravo no podían satisfacer la deuda ni proseguir con la obligación por no haber aceptado la herencia, ya que los bienes no eran equivalentes para todas sus dependencias y ha convenido con los fiadores hacerle devolución de las tierras en que están impuestos los 1, 000 pesos de la capellanía, por lo que quedan libres de obligación tanto en los bienes del difunto como sus fiadores.
CAPELLANÍAS
CURAS
FIANZAS
HERENCIAS
LICENCIADOS
PODERES
PRESBÍTEROS
TIERRAS
JALAPA, PUEBLO DE
TEZIUTLÁN, PARTIDO DE
ALVARADO, JUAN DE
BARRADAS, ANTONIO
BRAVO DE ALARCÓN, JUAN
PÉREZ DE ALVARADO, GABRIEL
TORRE ARNATE, DIEGO DE LA
USBI Xalapa
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