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Detalles del acta
  27_1707_6818

  Protocolo

  280 - 281vta.

  1709/10/08

  15

  1707 al 1712


JALAPA


Gaspar Melchor y Baltazar Melchor, padre e hijo, ambos vecinos del pueblo de Santiago Ayahualulco, doctrina de Ixhuacán, como principales deudores y obligados, y Fernando Bazán de Otero, vecino y dueño de hacienda de labor en el sitio de Perote, se obliga y constituye por fiador y principal pagador, así los 3 juntos de mancomún, a voz de uno y cada uno se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y a los Comisarios de su Cofre y Masa General, la cantidad de 1, 250 pesos de oro común en que se les remataron los diezmos que causan los naturales del partido de Ixhuacán correspondientes a 1709, 1710, 1711, 1712 y 1713 a razón de 250 pesos de oro común en cada uno.


COMISARIOS DE SU COFRE Y MASA GENERAL
DIEZMOS
FIANZAS
HACIENDAS
IGLESIAS
OBLIGACIONES



IXHUACÁN DE LOS REYES, DOCTRINA DE
IXHUACÁN DE LOS REYES, PARTIDO DE
JALAPA, PUEBLO DE
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA
SANTIAGO AYAHUALULCO, PUEBLO DE



BALTAZAR MELCHOR
BAZÁN DE OTERO, FERNANDO
GASPAR MELCHOR






USBI Xalapa

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