Detalles del acta
27_1681_5137
Protocolo
424 - 425vta.
1691/06/28
12
1681 al 1693
JALAPA
Francisco Pérez de Medina, vecino de Teziutlán, como principal deudor, y el Lic. Don Miguel Pérez de Medina, cura beneficiado del partido eclesiástico de Jalapa, como su fiador, se obligaron a pagar a los señores jueces de la Masa General de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 375 pesos de oro común, por razón de haberse rematado en el principal, los diezmos pertenecientes a la jurisdicción de Teziutlán de los años 1691, 1692 y 1693, al precio de 125 pesos anuales, en esta forma: 125 para fin de diciembre de 1692; otros 125 pesos, para fin de diciembre de 1693, y los 125 pesos restantes, para fin de diciembre de 1694.
CURAS
DIEZMOS
FIADORES
IGLESIAS
JUECES
LICENCIADOS
OBLIGACIONES
REMATES
JALAPA, PUEBLO DE
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA
TEZIUTLÁN, PUEBLO DE
PÉREZ DE MEDINA, FRANCISCO
PÉREZ DE MEDINA, MIGUEL
USBI Xalapa
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