Detalles del acta
27_1668_18548
Protocolo
193 - 194
1676/11/24
10
1668 al 1674
JALAPA
Diego Lagunes, como principal deudor, y el Lic. Nicolás Roxer, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo y partido de Naolinco, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles y a los señores hacedores de los diezmos, 540 peso de oro común que montaron los diezmos de ganado mayor, menor y demás géneros y menudencias de los partidos de Naolinco y Tlacolula, de los años venideros de 1677, 1678 y 1679, a razón de 270 pesos en cada fin de año. Asimismo, se obligaron a pagar otros 405 pesos de oro común que montaron los diezmos del partido de Misantla, correspondientes a los años 1676, 1677 y 1678, a razón de 135 pesos, en el mes de diciembre de 1677, otra cantidad igual en diciembre de 1678, y en diciembre de 1679, lo restante.
CURAS
DIEZMOS
FIADORES
IGLESIAS
LICENCIADOS
OBLIGACIONES
MISANTLA, PARTIDO DE
NAOLINCO, PARTIDO DE
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA
TLACOLULAN, PARTIDO DE
LAGUNES, DIEGO
ROXER, NICOLÁS
USBI Xalapa
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