Detalles del acta
27_1600_1610
Protocolo
499 vta. - 500
1608/11/29
3
1600 al 1608
JALAPA
Baltasar Vázquez de Herrera, residente en este pueblo y vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla, dijo que por cuanto Ruy Díaz, vecino de Sevilla, estante en esta Nueva España, le firmó una carta de obligación por 137 759 reales, de plazo vencido, por sí y como obligado por Luis Díaz, su hermano, vecino de Cartagena de tierra firme, a quien tiene ejecutado en virtud de su poder; y ahora Ruy Díaz le ha pedido que no prosiga contra él; por tanto, le hace espera por tiempo de cuatro años y siete meses, sin perjuicio de la vía ejecutiva y ejecución hecha a su hermano Luis Díaz; y se entiende que dicha espera no lo perjudicará y al dicho Ruy Díaz no le pedirá cosa alguna; con gravamen y condición que en cuanto a lo que está mandado pagar de los bienes ejecutados del dicho Luis Díaz en la ciudad de Lima, por primera sentencia de remate de acreedores, como a primero en tiempo y mejor en derecho, el dicho Luis Díaz ni otro alguno de los acreedores, por escrito ni palabra, ni en otra manera alguna, no pondrá embargo ni contradicción, a lo que así le fue mandado pagar, y siendo puesto cualquier impedimento en esta razón ni en otra que perjudique a la dicha ejecución, se entienda que la cantidad que se le dejare de pagar, el dicho Ruy Díaz queda obligado a pagársela, y por defecto de ello, no hará la espera y se procederá contra él dicho Ruy Díaz.
OBLIGACIONES
REMATES
CARTAGENA, CIUDAD DE
CASTILLA, REINO DE
LIMA, CIUDAD DE
NUEVA ESPAÑA
SEVILLA, CIUDAD DE
TOLEDO, CIUDAD DE
DÍAZ, LUIS
DÍAZ, RUY
VÁZQUEZ DE HERRERA, BALTAZAR
USBI Xalapa
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