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Detalles del acta
  1_1815_21040

  Protocolo

  269vta.-271vta.

  1816/11/19

  77

  1815 al 1817


XALAPA


Don Manuel Hidalgo, de este comercio y vecindad, se obliga a pagar a don Mariano Ladrón de Guevara, de este mismo comercio y vecindad, la cantidad de 2 500 pesos, resto de 3 500 pesos en que le fue vendida la casa de su morada, por escritura de 30 de septiembre de 1807, cuyo valor total de la propiedad no pudo pagar en el tiempo establecido en la escritura, a causa de las consecuencias que han sobrevenido a resultas de la insurrección que existe, haciendo por la presente nueva obligación con un plazo de dos años y medio para pagar la deuda, con la misma hipoteca y requisitos de la antedicha escritura.


INSURGENCIA
OBLIGACIONES



XALAPA, VILLA DE



HIDALGO, MANUEL
LADRÓN DE GUEVARA, MARIANO






USBI Xalapa

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