Detalles del acta
1_1813_20807
Protocolo
211- 213vta.
1814/07/11
76
1813 al 1814
XALAPA
Don Lino Carasa Jiménez, Alcalde Constitucional de esta Villa, como heredero y albacea del finado don José de San Martín Murrieta, impone la cantidad de 3 000 pesos, por vía de capellanía laica, a censo redimible de un 5%, los cuales se obliga a tener en depósito irregular, por tiempo de 9 años, que comenzarán a correr desde esta fecha hasta 1823, pagando 175 pesos de réditos anuales para la congrua o gratificación del eclesiástico peregrino que desempeñe este encargo. Hipoteca una hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, sita en esta Jurisdicción, Doctrina de Naolinco.
ALCALDES
CAPELLANÍAS
CENSOS
DEPÓSITOS
HIPOTECAS
HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA
NAOLINCO, DOCTRINA DE
SANTA CRUZ, RANCHO DE
XALAPA, VILLA DE
CARASA JIMÉNEZ, LINO
SAN MARTÍN, JOSÉ DE
José de San Martín también es registrado como José Antonio San Martín de la Bárcena y Murrieta o José de San Martín Murrieta y firmaba como José de San Martín.
USBI Xalapa
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