Detalles del acta
1_1811_17845
Protocolo
99 - 100
1811/07/18
75
1811 al 1812
XALAPA
Doña Juana Gómez de Estrada, vecina de esta Villa, mujer legítima de don Fernando de Cubas, de este comercio y vecindad, de quien tiene otorgada licencia, declara que ha recibido de don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad y comercio, la cantidad de 2 000 pesos, obligándose a satisfacerlos en el término de seis meses sin premio alguno, otorgando como seguridad de la deuda, hipoteca de los bienes heredados por sus difuntos padres.
HIPOTECAS
OBLIGACIONES
XALAPA, VILLA DE
CARASA JIMÉNEZ, LINO
CUBAS, FERNANDO DE
GÓMEZ DE ESTRADA, JUANA
USBI Xalapa
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