Detalles del acta
1_1809_20047
Protocolo
287-289
1809/11/14
73
1809 al 1809
XALAPA
Don Miguel Domingo y Bosch y don Juan de Tejada, vecinos y del comercio de esta Villa, otorgan que forman y establecen una compañía de intereses, que se ha de girar en la tienda del segundo, ubicada en los portales de la planta y bajos del mesón de esta Villa. La compañía es por el tiempo de 5 años, siendo las utilidades que en este término resultasen divisibles por mitad. Señalan que los efectos del establecimiento ascienden a 1 016 pesos, pero estando la tienda debiendo a varios individuos la cantidad de 934 pesos uno y ¾ reales, deducible esta suma sólo resulta a favor de Tejada 81 pesos 7 y ¾ reales, que es el único capital que introducirá a la compañía. Por su parte don Miguel Domingo y Bosch se compromete a pagar el importe de la deuda que se menciona, y se obliga a introducir en ella el capital que necesite para que estando bien surtida se logren las utilidades; así también a entregar a Tejada, 2 pesos diarios durante los 5 años de la compañía, uno de ellos por cuenta de las utilidades que le pertenezcan, y el otro gratis en consideración a la cesión que hace de la tienda; que de la masa de la compañía ha de sacar mensualmente el importe del arrendamiento, salarios de dependientes y los precios para su manutención. Cumplido el tiempo de esta compañía quedará la tienda a beneficio de Tejada, obligándose a tomar en traspaso las existencias que hubiere, satisfaciendo su monto, previo avalúo que de ello se haga.
COMPAÑÍAS
TIENDAS
XALAPA, VILLA DE
BOSCH, MIGUEL DOMINGO Y
TEJADA Y MIÑÓN, JUAN DE
USBI Xalapa
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