Detalles del acta
1_1807_19740
Protocolo
347-349
1807/11/23
71
1807 al 1807
XALAPA
Don José Fermín Palomino, vecino y del comercio de esta Villa, otorga que debe a don Alonso Usal y García, la cantidad de 6 959 pesos 2 y medio reales por el traspaso de una tienda de géneros y comestibles, propia de Usal, a su tienda ubicada en esta Villa, de los cuales, el otorgante se compromete a satisfacer lo antes posible a don Ramón Bandala, la cantidad de 921 pesos 5 octavos de real, suma total que adeuda el señor Usal. En condición del remanente líquido que queda a favor del expresado, se los ha de satisfacer en el año de la publicación de la paz o suspensión de la guerra que tiene la Nación Española con Inglaterra. Por último, queda manifiesto, que mientras no pase tal evento, el otorgante se obliga efectuar a favor del citado Usal, su manutención, lavado de ropa y luz necesaria, sin que tales acciones puedan cargarle o descontarle del total del principal.
OBLIGACIONES
TIENDAS
TRASPASOS
ESPAÑA
INGLATERRA
XALAPA, VILLA DE
BANDALA, RAMÓN
PALOMINO, JOSÉ FERMÍN
USAL Y GARCÍA, ALONSO
USBI Xalapa
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