Detalles del acta
1_1806_19324
Protocolo
107vta.-108vta.
1806/03/28
70
1806 al 1806
XALAPA
Don [Manuel] Antonio Garcés, de esta vecindad, otorga que debe a doña [María] Bárbara Cagigas, de esta misma vecindad, la cantidad de 200 pesos que de ella recibió, los que se obliga a pagar en un término de 3 años, que deberán correr desde la presente fecha en adelante, con el premio de 5 % anuales, y para seguridad de esta deuda hipoteca la casa de su morada, ubicada en la calle que baja para el molino que nombran de Cagigas.
HIPOTECAS
OBLIGACIONES
MOLINO DE CAGIGAS
XALAPA, VILLA DE
CAGIGAS, BÁRBARA
GARCÉS, MANUEL
El nombre de Bárbara Cagigas es también registrado como María Bárbara Cagigas, y Antonio Garcés, como Manuel Antonio Garcés.
USBI Xalapa
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