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Detalles del acta
  1_1806_19324

  Protocolo

  107vta.-108vta.

  1806/03/28

  70

  1806 al 1806


XALAPA


Don [Manuel] Antonio Garcés, de esta vecindad, otorga que debe a doña [María] Bárbara Cagigas, de esta misma vecindad, la cantidad de 200 pesos que de ella recibió, los que se obliga a pagar en un término de 3 años, que deberán correr desde la presente fecha en adelante, con el premio de 5 % anuales, y para seguridad de esta deuda hipoteca la casa de su morada, ubicada en la calle que baja para el molino que nombran de Cagigas.


HIPOTECAS
OBLIGACIONES



MOLINO DE CAGIGAS
XALAPA, VILLA DE



CAGIGAS, BÁRBARA
GARCÉS, MANUEL



El nombre de Bárbara Cagigas es también registrado como María Bárbara Cagigas, y Antonio Garcés, como Manuel Antonio Garcés.


USBI Xalapa

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