Detalles del acta
1_1806_19211
Protocolo
79vta.- 81
1806/03/06
70
1806 al 1806
XALAPA
Don Santos Muela y Romero, otorga que se obliga a pagar a don Antonio Guzmán, de la misma vecindad, la cantidad de 526 pesos, por las existencias que quedaron en una tienda que tuvieron en compañía, que habiéndose disuelto han convenido en que continúe aquella solamente en su cuenta, por lo que otorga que se obliga a pagar la citada cantidad en reales efectivos en un año, que empezarán a contar desde hoy en adelante.
COMPAÑÍAS
OBLIGACIONES
TIENDAS
XALAPA, VILLA DE
GUZMÁN, ANTONIO
MUELA Y ROMERO, SANTOS
USBI Xalapa
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