Detalles del acta
1_1806_19123
Protocolo
1-4vta.
1806/01/02
70
1806 al 1806
XALAPA
Don Juan de Tejada y Miñón, y don José Antonio Pereira de Castro, vecinos de esta Villa de Xalapa, otorgan que hacen compañía en tienda de pulpería, ubicada debajo del mesón nombrado de las Ánimas, sita en la Plaza principal de esta Villa; por un término de 6 años, con capital de 14,000 pesos que administrará dicho Pereira. Las ganancias que se obtengan se dividirán en partes iguales, respetándose las cláusulas que se integran en la presente.
COMPAÑÍAS
PULPERÍAS
MESÓN DE LAS ÁNIMAS
XALAPA, VILLA DE
PEREIRA DE CASTRO, JOSÉ ANTONIO
TEJADA Y MIÑÓN, JUAN DE
USBI Xalapa
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