Detalles del acta
1_1800_17929
Protocolo
312 vta., 315
1800/11/14
64
1800 al 0
XALAPA
Don Luis de Guevara, don José Gabriel Domínguez, don Rafael José Domínguez y don Francisco Antonio Ortiz, vecinos de esta Villa, dijeron que por cuanto el 17 de marzo del presente año vendieron 2 pedazos de tierra a don Pedro Báez, en unión de los demás herederos de don Francisco Domínguez Muñiz, y por cuanto uno de dichos herederos, don José de la Rosa y Rodríguez, les ha cedido a los comparecientes la parte que le corresponde de herencia, con tal que no quede sujeto a responsabilidad ni contestación alguna sobre dicha venta, ya séase por saneamiento o por amparo de despojo, en cuya virtud los otorgantes admiten dicha cesión y se obligan a salir por la parte que le corresponda por don José de la Rosa, a la defensa en cualesquiera artículo que se suscitara sobre la referida venta sin que se le moleste ni tenga gravamen alguno.
CESIONES
HERENCIAS
OBLIGACIONES
XALAPA, VILLA DE
BÁEZ, PEDRO
DOMÍNGUEZ MUÑIZ, FRANCISCO
DOMÍNGUEZ, JOSÉ GABRIEL
DOMÍNGUEZ, RAFAEL JOSÉ
GUEVARA, LUIS DE
ORTIZ, FRANCISCO ANTONIO
ROSA Y RODRÍGUEZ, JOSÉ DE LA
USBI Xalapa
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