Detalles del acta
1_1796_15592
Protocolo
108 - 109vta.
1796/05/02
61
1796 al 1797
XALAPA
Don Ramón Cardeña y Gallardo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, se obliga a pagar y cubrir a la parroquia de Acazingo, donde fue cura interino, la cantidad de 3, 211 pesos, para lo cual cede los réditos de su capellanía fundada en la hacienda de San Antonio Atzizintla, Jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, cuya cantidad es de 3, 000 pesos que con los réditos caídos suman la cantidad de más de 600 pesos.
CAPELLANÍAS
CURAS
OBLIGACIONES
PRESBÍTEROS
ACATZINGO, PUEBLO DE
HACIENDA SAN ANTONIO ATZIZINTLA
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, OBISPADO DE LA
SAN ANDRÉS CHALCHICOMULA, PUEBLO DE
XALAPA, VILLA DE
CARDEÑA Y GALLARDO, RAMÓN
USBI Xalapa
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