Detalles del acta
166_1700_5292
Protocolo
99 - 101
1701/07/22
14
1700 al 1706
SAN MATEO NAOLINCO, JURISDICCIÓN DE JALAPA
Francisco y Felipe de la Barreda Gayón , vecinos del pueblo de Naolinco otorgan poder especial a don Alonso de Cubillas Noriega, a Juan de Posada Estrada, a José de Canín Barreda y a Nicolás de Mendoza, vecinos de la Villa de Llanés en el Reino de León en Castilla, a cada uno in solidum, para lo que uno empezare pueda acabar el otro y con facultad de sustituir las veces que les pareciere y para que en su nombre parezcan ante la Real Justicia de dicha villa o de cualesquier otra, que con derecho deban, reciban y cobren de Juan Canín de Valdéz, vecino también de la Villa de Llanes, la cantidad de pesos en que le hubieran rentado los bienes que apercibió por la muerte de su madre.
PODERES
LEÓN, REINO DE
LLANES, VILLA DE
NAOLINCO, PUEBLO DE
BARREDA GAYÓN, FELIPE DE LA
BARREDA GAYÓN, FRANCISCO DE LA
CANÍN BARREDA, JOSÉ DE
CANÍN DE VALDEZ, JUAN
CUBILLAS NORIEGA, ALONSO DE
MENDOZA, NICOLÁS DE
POSADA ESTRADA, JUAN DE
USBI Xalapa
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