Detalles del acta
157_1668_18692
Protocolo
607 - 608 vta.
1680/11/20
10
1668 al 1674
HACIENDA DE SUAPILA, JURISDICCION DE TLAXCALA
Doña Úrsula de Castro y Mojica, mujer legítima de Don Luis de Hurtado de Mendoza, y Doña María de Castro y Mojica, mujer legítima de Don Miguel de Oceguera, vecina de la provincia de Tlaxcala, como herederas de su padre Diego Gómez Limón, difunto, se obligaron a pagar al Lic. Juan González de Castro, presbítero, colector de diezmos de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 200 pesos de oro común que les prestó para el entierro de su padre, para fin del mes de febrero de 1681.
LICENCIADOS
OBLIGACIONES
PRESBÍTEROS
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA
TLAXCALA, PROVINCIA DE
CASTRO Y MOJICA, MARÍA DE
CASTRO Y MOJICA, URSULA DE
GÓMEZ LIMÓN, DIEGO
GONZÁLEZ DE CASTRO, JUAN
HURTADO DE MENDOZA, LUIS
OCEGUERA, MIGUEL DE
USBI Xalapa
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