Detalles del acta
113_1675_4334
Protocolo
56-56 fte.
1678/11/15
11
1675 al 1680
HACIENDA NUESTRA SEÑORA DEL POPULO, JURISDICCION DE TEPEACA
Pedro Canelos, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 344 pesos y 5 tomines y medio de oro común, del diezmo de las semillas de su hacienda nombrada Nuestra Señora del Populo, de la hacienda de rodrigo Rendón, de la hacienda de Fernando de Calva, más lo que montare el diezmo de ganado ovejuno de la hacienda de José Espinosa de los Monteros, vecino y labrador de la provincia de Tlaxcala, en los plazos siguientes: la cantidad de pesos que montaren las semillas, para fin del mes de diciembre del presente año; y la restante cantidad, cumplimiento a los 344 pesos 5 tomines y medio de oro común, con más el valor del ganado referido, para fin del mes de agosto de 1679.
CATEDRALES
DIEZMOS
LABRADORES
OBLIGACIONES
HACIENDA NUESTRA SEÑORA DEL POPULO
PUEBLA DE LOS ÁNGELES, CIUDAD DE LA
TLAXCALA, PROVINCIA DE
CALVA, FERNANDO DE
CANELOS, PEDRO
ESPINOSA DE LOS MONTEROS, JOSÉ
RENDÓN, RODRIGO
Documento incompleto.
USBI Xalapa
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